Diario Constitucional

Confianza legítima.

No renovación de contrata de funcionario del SENAME que se desempeñó por cuatro años seguidos en el Servicio, es ilegal y arbitraria resuelve la Corte Suprema.

Se aplicó el criterio asentado en el Dictamen N°22.766/20162016 e Instructivo N°E156769N21 de la Contraloría General de la República, que determinan que la confianza legítima en las contratas se genera a partir de la segunda renovación anual.

Por Redacción·28 de mayo de 2023·5 min de lectura
Imagen: www.latercera.com
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió el recurso de protección interpuesto por un funcionario del SENAME (que se desempeñaba en la extinta Unidad de Infraestructura e Inversiones del Servicio), en contra de la decisión de su Directora Nacional de no renovar su contrata para el año 2022, a pesar de desempañarse ininterrumpidamente por cuatro años en el Servicio.

El recurrente sostiene que el acto administrativo impugnado que no renovó su contrata es ilegal y arbitrario, pues a pesar de que se aduce que se funda en la restructuración orgánica y funcional del SENAME por la creación del nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada en la Niñez y Adolescencia debe tenerse presente que no ha sido objeto de sanción administrativa, ha sido calificado reiteradamente en la lista 1, se le renovó en tres ocasiones su contrata y no existe un déficit presupuestario que justifique la resolución impugnada ya que incluso los fondos del año 2022 son superiores a los entregados el año 2021.

Considera que se vulneran sus derechos fundamentales de igualdad ante la ley y propiedad, por lo que solicita que se acoja el arbitrio constitucional, se deje sin efecto la resolución que no renovó su contrata y se ordene prorrogar nuevamente su vínculo contractual –salvo que incurra en alguna falta que lo haga merecedor de una sanción expulsiva derivada de una investigación o sumario, o que sus calificaciones lo ubiquen en lista de eliminación-. En subsidio, requirió que se le renueve su contrata por el año 2022, o en defecto, se le pague las remuneraciones que habría recibido de permanecer en el cargo durante ese periodo.

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