Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado.

No se ha acreditado que la cuidadora haya privado a adulta mayor que padece de Alzheimer de los controles médicos que le corresponde realizarse en el CESFAM.

Si bien la recurrente basó su arbitrio en la vulneración del derecho a la salud, que no se encuentra amparado en su totalidad por el recurso de protección, de todas maneras, la Corte abordó el fondo del asunto en pos de cumplir las obligaciones que imponen los diversos tratados internacionales en relación a la protección de las personas mayores.

Por Redacción·27 de noviembre de 2022·4 min de lectura
Imagen: 24 Horas.
Referencial

La Corte de Chillán rechazó el recurso de protección interpuesto por la Unidad de Defensa Jurídica Integral de Personas Mayores de la Corporación de Asistencia Judicial Biobio, en contra de la cuidadora de una adulta mayor por privarla de los controles médicos que le corresponde realizarse en el CESFAM local.

La Unidad de Defensa, actuando en representación de la adulta mayor, expone que su representada padece de demencia por causa del Alzheimer y que vive bajo el cuidado de una cuidadora. Indica que mientras sus facultades cognitivas se lo permitieron, aceptó vivir con esta última persona, pero por motivos que se desconocen, ésta la ha privado de acceder a sus controles médicos en el CESFAM correspondiente a su domicilio.

Enseguida, puntualiza que la situación descrita sólo fue advertida el 7 junio de 2022, fecha en que la mujer mayor abandonó el domicilio, a raíz de lo que estima una negligencia inexcusable de la cuidadora. Hace presente que fue encontrada el mismo día y trasladada a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán.

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