Recurso de protección acogido en alzada.
Proyecto habitacional Altos del Mar no puede emplazar construcción alguna dentro del área que forma parte del humedal Entre Cerros, ordena la Corte Suprema.
Resolvió que, tal como fue autorizado el proyecto, comprende una intervención de 110,5 m² del humedal, lo que afectaría irreversiblemente el ecosistema protegido, contraviniendo la normativa vigente vulnerando la garantía constitucional de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que rechazó un recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Valparaíso y del Servicio de Evaluación Ambiental.
La recurrente, en representación de un grupo de defensores ambientales y vecinos de las poblaciones cercanas al humedal “Entre Cerros” en Viña del Mar, impugnó la construcción del proyecto “Altos del Mar”.
Sostuvo que dicho proyecto afectará gravemente el ecosistema del humedal, alterando cauces, destruyendo flora y fauna nativa, e infringe normas ambientales, ya que fue aprobado sin someterse a una evaluación de impacto ambiental.
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