Inexistencia de derechos indubitados.
Proyecto Parque Observatorio Calán que incluye un paseo peatonal de 3 kilómetros que rodea el Cerro Calán no afecta derechos constitucionales del recurrente.
La Corte consideró que el procedimiento previsto para el recurso de protección no prevé una etapa de prueba, por lo que para que sea procedente se requiere estar frente a derechos indubitados.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por el propietario de un inmueble en contra de la Municipalidad de Las Condes, por la ejecución de una obra municipal que eleva la acera frente a su domicilio, lo que afectaría su privacidad y los derechos fundamentales que invoca.
El recurrente sostuvo que las obras para elevar la acera en aproximadamente 1.5 metros dejarán su vivienda expuesta a la vista de los transeúntes, afectando su privacidad, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, por lo que solicitó detener las obras para mantener la acera al nivel original de la calzada, con costas.
El municipio instó por el rechazó del recurso y argumentó que el Proyecto Parque Observatorio Calán se desarrolla en cumplimiento de un convenio con la Universidad de Chile, con el objetivo de consolidar el área como un parque natural que fomente el desarrollo urbano y actividades recreativas. El proyecto, agrega, fue aprobado mediante varios decretos, previo proceso de participación ciudadana con la intervención de aproximadamente 390 vecinos, resultando en ajustes significativos al diseño original.
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