Diario Constitucional

Inseguridad en barrios residenciales.

Recurso de protección contra el Presidente y la Ministra del Interior para que adopten medidas de seguridad en sector de Maipú por los altos índices de delincuencia, se declara inadmisible, resuelve la Corte Suprema.

No resulta la acción cautelar la vía idónea para tal efecto desde que excede las atribuciones jurisdiccionales.

Por Redacción·06 de febrero de 2023·2 min de lectura
imagen: T13
Referencial

La Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por un residente de la comuna de Maipú en contra del Presidente de la República. Gabriel Boric. y la Ministra del Interior y Seguridad Pública. Carolina Tohá, por la inseguridad y robos que sufren los vecinos de condominios pertenecientes al sector “El Rosal” ubicado en las cercanías del Mall Arauco Maipú y la Autopista Vespucio Norte.

El recurrente explica que sufrió en poco tiempo dos hechos delictuales en el barrio donde vive (robo de su celular e intento de portonazo), los cuales no representan acontecimientos aislados en el sector de “El Rosal”, pues varios de sus vecinos también han sido víctimas de ilícitos (robos de vehículos, robos en paraderos, afectados por motochorros, robos a adultos mayores). Añade que el Mall Arauco Maipú ubicado al frente del sector “El Rosal” también sufre de forma recurrente robos a sus tiendas, por lo que la inseguridad y aumento exponencial de asaltos, perjudica gravemente la tranquilidad de los habitantes de los distintos barrios residenciales del sector (también casas avaluadas en gran valor se han visto afectadas en sus tasaciones) e incrementa el miedo de ser víctima en cualquier instante de un hecho violento.

Tal percepción de inseguridad por un contexto de incertidumbre y la desconfianza en los órganos estatales encargados de la seguridad y orden público, e investigación, convierten en su opinión al sector “El Rosal” en un lugar donde el Estado de Derecho no permea.

Comentarios (1)

  1. María eugenia

    Impresionada. He visto muchos fallos de inadmisibilidad protección de ciudadanos comunes y corrientes contra órganos del E4stado, confirmados por la suprema; pienso que hay denegación de justicia, los señores excelentísimos debería aplicar el debido proceso. Que sea el órgano que se defienda, pero, NO el poder judicial. Será ésta una forma de sometimiento al gobierno?

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