Derecho a la protección de la salud.
Recurso de protección contra Isapre por término de contrato de salud fundado en la presentación de licencias médicas emitidas por médico investigado, se acoge a trámite.
La recurrente denuncia que la conducta ilegal y arbitraria de la Isapre Consalud le ha negado la posibilidad de recuperar su salud.

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, y declaró admisible la acción de protección deducida en contra de la Isapre Consalud S.A., por haber puesto término al contrato de salud de la actora, al considerar que incurrió en la causal contenida en el artículo 201 N°3 del DFL N°1 del Ministerio de Salud.
La recurrente expone que en el año 2017 contrató con la Isapre un Plan de Salud, y que, a partir de octubre del año 2019, debido a las manifestaciones que se originaron en el país, comenzó a tener problemas de ansiedad producto de que se encontraba embarazada, pues con su marido tienen un restorán que fue constantemente amenazado de ser saqueado y violentado, lo que le generó un profundo estrés que derivó en ataques de pánico.
Señala que, producto de estos episodios un médico le diagnosticó estrés y ansiedad, prescribiéndosele un tratamiento con el medicamento “sertralina” y que desde el año 2019 se ha atendido con el mismo facultativo, el que emitió siete licencias médicas, por su diagnóstico.
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