Contrato administrativo.
Recurso de protección deducido contra Municipalidad de Providencia que puso término anticipado a contrato debido a las reiteradas multas cursadas al proveedor, se acoge a trámite.
Del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías fundamentales consagradas en la Constitución.

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, y declaró admisible el recurso de protección deducido en contra de la Municipalidad de Providencia por poner término anticipado a un contrato de prestación de servicios debido a las reiteradas multas cursadas al proveedor.
En su libelo, la actora expone que en el año 2021 se adjudicó la propuesta pública para el “Servicio de mantención y mejoramiento de las áreas verdes de la comuna de Providencia”, cuya duración correspondía a 48 meses, por un valor de $3.750.000.000.-
Explica que al poco tiempo de haber iniciado la relación contractual, la Inspección Municipal del Contrato comenzó a exigirles solicitudes de trabajo no incluido en el servicio mensual pactado, con plazos irracionales y sin respetar el cronograma presentado para la ejecución de las labores contratadas. Todo lo cual, motivó que la recurrida le cursara multas casi todos los días por actividades no convenidas, las que calificó como infracciones al contrato, sin realizar previa advertencia o apercibimiento para su solución.
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