Se lo privó del derecho a mantener su misma condición contractual.
Recurso de protección interpuesto por funcionario público al que se rebajó de grado del 8° al 12° de la Escala Única de Sueldos, modificando su cargo y funciones a desempeñar, es acogido por la Corte de Valdivia.
La decisión adoptada constituye un acto arbitrario e ilegal, desprovisto de fundamentación adecuada, infringiendo el artículo 19 N° 24 de la Constitución.

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recurso de protección interpuesto en contra de la Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Ríos, por un funcionario público que acusó ser afectado con la rebaja de su grado desde el 8° al 12° en Escala Única de Sueldos, modificando su cargo y funciones a desempeñar.
Expuso que comenzó a prestar servicios en esa Secretaría Regional en enero de 2020, en el “Programa Recuperación de Barrios”, y luego, en junio de 2020 se le designó para cumplir las mismas funciones como secretario técnico del “Programa Recuperación de Barrios de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la comuna de Los Ríos”, grado 14° de la Escala Única de Sueldos, pero en febrero de 2021 se asimiló su grado como profesional a contrata, quedando en definitiva con el grado 8°.
Agrega que durante su carrera funcionaria siempre se ha destacado por su buen desempeño profesional, lo que se refleja en los últimos siete procesos de evaluación en los cuales mantuvo una nota de excelencia, al punto que la actual autoridad no le ha manifestado comentarios o comunicaciones que hagan intuir alguna falta o posibilidad de mejora en su desempeño.
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