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Se rechaza recurso por corte de suministro de agua a vivienda fuera del convenio y con conexión clandestina.

Se determinó que el acto de suspensión no fue arbitrario ni ilegal, basándose en la evidencia de una conexión irregular y en las facultades de la empresa para suspender el servicio en tales casos.

Por Redacción·29 de abril de 2025·2 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de Aguas Antofagasta S.A., por el corte de suministro de agua de la vivienda del actor.

El recurrente señaló que la recurrida instaló agua en aproximadamente 100 viviendas a través de un proyecto, pero que hace cuatro meses se le cortó el suministro bajo el argumento de que él era una empresa, lo cual no es cierto. Explicó que su hijo es dueño de la empresa, pero él vive al lado y no trabaja en ella. Además, que vive con su nuero, dos hijos y un niño de 3 años, y señaló que no tienen dinero para comprar agua.

La recurrida sostuvo que existe un convenio de colaboración con el Gobierno Regional de Antofagasta y el Comité Nuevo Renacer Playa Blanca Las Tomas, destinado a proteger a la comunidad en general. Agregó que el actor no figura en el catastro oficial del proyecto, y por lo tanto no puede recibir agua bajo ese convenio. Además, mencionó que ha realizado una conexión artesanal de agua, lo que ha causado un aumento irregular en el consumo. La empresa agregó que el recurrente cometió un acto de violencia contra la presidenta del comité y que el actuar de la empresa se ha ajustado a la normativa vigente.

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