Recurso de amparo rechazado.
Si el hijo cumplió 18 años pero vive en el domicilio de la madre ésta está legitimada para demandar al padre por pensión de alimentos en favor del hijo común.
La reclusión nocturna de 15 días fue decretada cumpliendo los requisitos legales, dictada por tribunal competente en uso de sus facultades legales y resulta proporcional a la deuda que el padre mantiene por alimentos de $5.671.545.-

La Corte de Concepción rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Familia de Cañete por haber decretado orden de reclusión nocturna a un deudor de pensión de alimentos.
El amparado alegó que la resolución impugnada es arbitraria e ilegal, ya que se dictó con ocasión de una demanda interpuesta por la madre de su hijo, en circunstancias que no tiene la legitimación activa para comparecer, ya que su hijo cumplió la mayoría de edad en marzo de 2022, por lo que demandar en su favor alimentos sin la intervención de su madre.
La recurrida informó que en virtud del inciso final del artículo 19 de la Ley 19.968, “no consta en autos que el alimentario, que cumplió en marzo de 2022 la edad de 18 años, haya modificado el domicilio que ha compartido con su madre”, por lo que ésta está habilitada para accionar.
Te puede interesar

Recurso de protección acogido.
Periodista de CIPER debe borrar de su cuenta de twitter afirmaciones que aluden a que el recurrente amenazó a la ex convencional Manuela Royo, por vulnerar su derecho a la honra y a la propia imagen

Se lo privó del derecho a mantener su misma condición contractual.
Recurso de protección interpuesto por funcionario público al que se rebajó de grado del 8° al 12° de la Escala Única de Sueldos, modificando su cargo y funciones a desempeñar, es acogido por la Corte de Valdivia.

Centro Ceremonial Mapuche.
Término anticipado de comodato de un inmueble otorgado a una agrupación Mapuche para fines ceremoniales no es una controversia que pueda resolverse en sede de un recurso de protección, resuelve la Corte Suprema.

