Diario Constitucional

Publicaciones presuntamente injuriosas.

Testimonio de víctima de agresión sexual compartido a través de redes sociales no afectó el honor del recurrente, encontrándose además amparada en su derecho a la libertad de expresión.

El recurso de protección no es la vía idónea para resolver la controversia, toda vez que la litis trasciende los fines de la acción de protección de garantías fundamentales, y no se condice con el carácter extraordinario y de tramitación breve y urgente.

Por Redacción·07 de febrero de 2022·3 min de lectura
Imagen: T13.cl
Referencial

La Corte de Santiago rechazó la acción de protección deducida en contra de una presunta víctima de violencia sexual, que a través de sus redes sociales relató una situación de abuso que dice haber vivido con el recurrente.

En su líbelo, este señala que el día 22 de febrero de 2020 se realizó un cumpleaños al cual asistió él y la recurrida. Al finalizar la celebración, refiere que durmió en la misma cama con ella y dos personas más, quedando muy próximos, y que a los tres días la víctima le señaló que en el día de los hechos había sentido en varias ocasiones tocaciones en su entrepierna, lo que el actor afirma sería imposible.

Refiere que, el día 07 de julio la recurrida compartió a través de sus redes sociales una “funa” en su contra, en la que relata los hechos que vivió, conducta que considera afecta las garantías consagradas en los artículos 19 N°1 y N°4 de la Constitución, y solicita se ordene a la recurrida eliminar cualquier tipo de publicación referida al afectado.

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