Recurso de amparo rechazado.
Traslado de interno al CCP de Rancagua no afecta su seguridad individual porque ese recinto dispone de medidas más optimas de seguridad y cuenta con un pabellón para internos LGTBIQ+.
Gendarmería comunicó estas circunstancias al Tribunal de Garantía de Molina, en forma previa al traslado, lo que fue comunicado al Defensor Penal Penitenciario para que solicitara lo que correspondiere, sin que este efectuara gestión alguna en dicha causa.

La Corte de Talca rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra de Gendarmería por mantener a un condenado por el delito de robo con violencia en una celda de aislamiento por más de 60 días.
El recurrente alegó que a pesar de que el Juzgado de Garantía de Molina, con ocasión de un recurso procesal de amparo ordenó a Gendarmería trasladar al interno desde el CCP de Talca al pabellón D (LGTBI+) del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Curicó, el amparado aún permanece en una celda de aislamiento, por lo que se ha prolongado un trato cruel e inhumano, más aún si el órgano penitenciario está en conocimiento de que en atención a la orientación sexual del recluso sólo puede ingresar al pabellón D del CCP de Curicó, por lo que se contraviene el marco normativo nacional como internacional, en cuanto ninguna persona privada de libertad pierde sus derechos, entre ellos, la dignidad.
El recurrido informó que “(…) el 28 de febrero de 2023 fue ingresado al CCP de Talca, proveniente del penal de Cauquenes, desde donde fue trasladado por presentar conflictos con el resto de la población penal, lo que obligó a disponer de una celda individual especialmente para él por pertenecer a una diversidad sexual, a la que ingresó de manera voluntaria por razones de seguridad, dado que en el ámbito local y regional no se cuenta con otra dependencia o establecimiento que tenga las condiciones adecuadas de seguridad dada su alta conflictividad y su orientación sexual.”
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