Nomen iuris.
CS revierte insólita decisión y ordena al Segundo Tribunal Ambiental de Santiago tramitar reclamación en contra del proyecto “Cerrillos Data Center”.
De acuerdo al máximo Tribunal, “la actora acompañó una escritura pública que, si bien aparece titulada como ‘mandato administrativo’, claramente contiene la voluntad de los mandantes, manifestada ante Notario Público, en orden a que la profesional actúe en su representación, en toda gestión judicial en que tengan interés”.

Con fecha 11 de diciembre de 2020, 14 vecinos de la comuna de Cerrillos interpusieron una reclamación judicial, en virtud del artículo 17 N° 8 de la Ley N° 20.600, en contra de la decisión de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana mediante la cual se rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto “Cerrillos Data Center”. A esta presentación, los reclamantes acompañaron una escritura pública de fecha 3 de marzo de 2020, en virtud de la cual otorgaron a su abogada un “mandato administrativo”, con la finalidad de que llevase adelante su representación “en toda gestión judicial o actuación administrativa de cualquier especie”.
Sin embargo, con fecha 31 de diciembre de 2020, el Segundo Tribunal Ambiental decidió tener por no presentada la referida reclamación al estimar que el error en el título del mandato acompañado atentaba contra la legalidad de su constitución.
En contra de esta decisión, la reclamante interpuso, con fecha 17 de marzo de 2020, recurso de apelación ante la Corte de Santiago, el cual fue declarado desierto al haberse deducido fuera del plazo legal dispuesto al efecto. Frente a esta decisión, la actora interpuso recurso de queja ante la Corte Suprema.
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