Diario Constitucional

Prescripción de sanciones

Prescripción de las infracciones y sanciones administrativas: hacia los 5 años conforme al Código Civil

El gran problema en derecho administrativo sancionador es la determinación de qué reglas relativas a la prescripción se han de aplicar.

31 de octubre de 2018·3 min de lectura
Imagen: Ágora-Universitas fundación
Referencial

Por medio de la prescripción se extinguen las acciones que el ordenamiento jurídico confiere, toda vez que éstas no han sido ejercidas oportunamente. Ahora bien, los plazos para que la prescripción opere deben ser establecidos expresamente por la ley, además de ser una institución general del derecho.

Así las cosas, el gran problema en derecho administrativo sancionador es la determinación de qué reglas relativas a la prescripción se han de aplicar, no siendo procedente pensar que, al carecer de regla especial opere la imprescriptibilidad, lo cual no sólo atentaría en contra de la seguridad y certeza jurídica, en orden a consolidar situaciones jurídicas, sino que atentaría a su carácter de sanción de derecho estricto.

Frente a dicha problemática, han surgido tres grandes tesis en torno al régimen supletorio aplicable respecto a la prescripción de las infracciones y sanciones administrativas:

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