Diario Constitucional

Créditos con aval del Estado.

Imprescriptibilidad de deudas CAE: Corte Suprema anula fallo que limitó imprescriptibilidad a pagos en cuotas y ordenó ejecución.

La controversia versa sobre títulos de crédito suscritos para el financiamiento de educación superior, cuyo marco normativo se encuentra constituido principalmente por la Ley N°20.027, que establece normas para el financiamiento de la educación superior, y el Decreto N°266 del Ministerio de Educación, que fija el reglamento de la ley citada.

Por Redacción·30 de agosto de 2024·3 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la Tesorería General de la República en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó la decisión del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago que acogió la excepción de prescripción y rechazó la ejecución.

La discusión se centra en la imprescriptibilidad de deudas relacionadas con el financiamiento de estudios de educación superior bajo la Ley N° 20.027, que establece normas para el financiamiento de estudios de educación superior.

La Corte de Santiago determinó que la imprescriptibilidad mencionada en la ley aplica únicamente a cuotas impagas de créditos pactados en pagos periódicos y no a obligaciones pactadas en un solo pago, dado que la deuda en cuestión no fue dividida en cuotas, estima que corresponde acoger la excepción de prescripción opuesta por la demandada y rechazar la demanda ejecutiva, confirmando así la sentencia apelada.

Comentarios (1)

  1. Ruth Gonzalez

    no se entiende nada …por que no explican en términos que la persona entienda , lo que está ahí es para los abogados y jueces no para gente común y corriente.

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