Sentencia confirmada por Corte Suprema con voto en contra.
Residentes pueden solicitar la reunificación familiar y el Estado debe proteger a la familia por lo que si el plazo concedido expiró sin que pudieran ingresar al país por la situación que se vive en Haití, la Corte debe adoptar medidas en resguardo de dicho principio.
Las circunstancias político-sociales de Haití son de público y notorio conocimiento, lo que permite a la autoridad judicial adoptar medidas extraordinarias, idóneas y proporcionales para resguardar el principio de reunificación familiar, dado que, de mantenerse la situación, importaría que el grupo familiar debería plantear nuevamente una solicitud similar, con la subsecuente demora de tramitación.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que acogió el recurso de amparo interpuesto por un ciudadano haitiano, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores por afectar el derecho a la libertad personal y el derecho a la reunificación familiar del amparado al no otorgarle permiso para su ingreso al país.
El recurrente expone que con fecha 21 de julio de 2023, se concedió a su hijo de 14 años, domiciliado en Haití, el permiso de residencia temporal por reunificación familiar, otorgándose un plazo de 90 días para ingresar a Chile.
Agrega que no ha sido posible que el menor de edad llegue a nuestro país, toda vez que la situación de inseguridad social y complejidades políticas en Haití ha impedido que las aerolíneas cumplan con los vuelos establecidos en sus cronogramas.
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