Inclusión laboral y discapacidad
Ley del Gestor de Inclusión Laboral, el emisario de la empresa
Aquel experto se le denominará gestor de inclusión laboral, quién deberá fomentar la generación de políticas claras para la inclusión y procesos de sensibilización dentro de la empresa. Y lo más importante, llevar a cabo la contratación efectiva y directa de personas con discapacidad, o bien, acogerse al cumplimiento subsidiario de la ley 21.015.

El 21 de octubre de 2020 se promulgó la Ley 21.275, la Ley del Gestor de inclusión laboral, norma que entrará en vigor el 01 de noviembre de este año. Esta normativa modifica el Código del Trabajo exigiendo a las empresas con igual o más de 100 personas contratadas contar con al menos una persona vinculada al área de RRHH que sea experta en materias de inclusión laboral.
Aquel experto se le denominará gestor de inclusión laboral, quién deberá fomentar la generación de políticas claras para la inclusión y procesos de sensibilización dentro de la empresa. Y lo más importante, llevar a cabo la contratación efectiva y directa de personas con discapacidad, o bien, acogerse al cumplimiento subsidiario de la ley 21.015, esto es, tercerizar, celebrando contratos de prestación de servicios con empresas que emplean a personas con discapacidad y/o donar dinero a fundaciones certificadas por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia como receptoras de donación.
Tras la gran cesantía y/o desempleo de personas con discapacidad en nuestro país y las escasas cifras entregadas por las empresas, frente al incumplimiento de la Ley 21.015, en relación con la entrega de información ante la Dirección del Trabajo, incentivaron el trabajo colectivo de organizaciones de la sociedad civil y la Cámara de Diputados para hacer nacer esta nueva reforma al Código del Trabajo
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Comentarios (1)
maurizzio leonardi buen articulo




