Reconsideración dictámenes N°s 14.920/17 y 25.583/18.
DIRECTEMAR puede cancelar matrículas de naves o multar a los responsables de sus cargas por incumplimiento de las leyes sobre cabotaje en aguas nacionales, dictamina el Contralor.
Lo anterior por aplicación de los artículos 21, N°9, de la Ley de Navegación y 3 y 18 de la Ley de Fomento a la Marina Mercante. DIRECTEMAR podrá imponer la cancelación de una inscripción o una multa, según las particularidades de cada infracción y el mérito de la investigación.

Se solicitó a la Contraloría General de la República por Transportes Patagonia Wellboat Limitada reconsiderar el Oficio N°E128942/2020 de la Contraloría Regional de Valparaíso, en el cual se resolvió, como ajustada a derecho, la autorización de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) a la inscripción como chilena de la nave “Grip Superior” en su Registro de Naves Mayores.
Considera la peticionaria que la Contraloría Regional no evaluó de forma correcta su denuncia respecto a la nacionalidad de la empresa Gripship SpA propietaria del navío. En aquella oportunidad advirtió que debido al porcentaje de su capital social Gripship SpA sería una sociedad extranjera para los efectos mencionados en las Leyes de Navegación y Fomento a la Marina Mercante.
Agregó el requirente que DIRECTEMAR no adoptó los resguardos necesarios para impedir que Gripship SpA como propietaria de la embarcación eludiera la cancelación de su matrícula, al inscribir la transferencia de la embarcación a la también extranjera Kawésqar SpA, procediendo a invalidar las anotaciones que indica.
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