Dictamen de la CGR.
La participación de la comunidad universitaria en el proceso de adecuación de su estatuto orgánico no es vinculante.
Si bien la deliberación sobre el estatuto orgánico tiene que desarrollarse mediante procesos participativos en que intervengan los distintos estamentos de la comunidad universitaria, lo cierto es que las propuestas planteadas al Consejo Académico no son en ningún caso vinculantes.

La presidenta de la Asociación de Funcionarios Académicos de la Universidad de Santiago (USACH) reclamó ante la CGR, en contra del Consejo Académico de dicha casa de estudios, por haber restringido la participación de la comunidad universitaria en el proceso de modificación de su estatuto orgánico.
Reclama que el Consejo Académico sometió a plebiscito una cantidad inferior al número total de propuestas, cuando lo que corresponde es plebiscitarlas todas, entre otras alegaciones tendientes a impugnar la validez del proceso.
El órgano contralor sostiene al respecto que los artículos 1 y 2 de la Ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, previenen que éstas forman parte de la Administración del Estado y que gozan de autonomía administrativa, lo que las faculta para estructurar su régimen de gobierno y de funcionamiento interno.
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