Diario Constitucional

Licitación pública.

Recurso de amparo económico deducido contra JUNAEB, que aduce vulnerar el artículo 19 Nº21 de la Constitución por las exigencias laborales requeridas en las bases de licitación es rechazado.

Los requerimientos cuestionados tienen su fundamento en la ley y en la facultad del Estado de limitar la autonomía empresarial en la entrega de beneficios laborales en el marco de las licitaciones.

Por Redacción·10 de agosto de 2021·3 min de lectura
Recurso de amparo económico deducido contra JUNAEB, que aduce vulnerar el artículo 19 Nº21 de la Constitución por las exigencias laborales requeridas en las bases de licitación es rechazado.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de amparo económico deducido en contra de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas por las bases de licitación de servicio de suministro de raciones alimenticias. Se afirma que contiene exigencias laborales que vulneran el artículo 19 Nº 21 de la Constitución, por lo que se solicita se deje sin efecto el acto impugnado.

En su libelo, el recurrente alega que el actuar de la institución es ilegal y arbitrario, en cuanto las bases de la licitación contemplan como criterios de evaluación la “bonificación y gratificación del personal manipulador” y los “bonos equivalentes del ingreso mínimo bruto”, lo que constituiría una desviación de poder, en tanto son exigencias que responden a los intereses particulares de los manipuladores de alimentos.

Asimismo, afirma que estos requerimientos implican un aumento de costos considerables para el Estado y excluye a eventuales oferentes por razones económicas y financieras, impidiendo la presentación de la mayor cantidad de propuestas posibles.

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