Diario Constitucional

Corte de Casación.

Aerolínea debe indemnizar a azafato obligado a utilizar peluca debido a que su peinado no estaba autorizado por el manual de vestimenta y uniformidad.

Se configuró una discriminación basada en la apariencia física en relación con el género, por motivos ineficaces para justificar las restricciones impuestas al personal masculino relativas a la identificación del personal de la aerolínea y preservar su imagen. Se basan en la percepción social de la apariencia física de los géneros masculino y femenino, que no puede constituir un verdadero y determinante requisito profesional para justificar una diferencia de trato entre mujeres y hombres.

Por Redacción·10 de junio de 2023·2 min de lectura
imagen: mdbeducation.cl
Referencial

La Corte de Casación (Francia) acogió el recurso de nulidad deducido por un hombre que fue discriminado por su empleador, a raíz de las políticas de vestimenta y presentación que imponían diferencias de trato entre hombres y mujeres en lo relativo a los peinados y cortes de cabello.

Según los hechos del caso, el recurrente trabajaba como azafato en una aerolínea, y debido a su peinado de trenzas africanas atadas en un moño fue amonestado por su superior jerárquico, por incumplir el manual de reglas de uniformidad establecido por la compañía, pues solo las mujeres estaban autorizadas para lucirlo. Por ello, desde entonces comenzó a utilizar una peluca para desempeñar sus funciones. Sin embargo, dedujo una demanda por discriminación de género contra su empleador, por estimar que se establecían diferencias arbitrarias entre hombres y mujeres.

En este contexto, se le diagnosticó un síndrome depresivo que lo incapacitó permanentemente, por lo que fue despedido por su empleador. Paralelamente, el juez a quo desestimó su demanda por considerar que no probó, más allá de toda duda razonable, la presunta discriminación a la cual fue sometido. Del mismo modo, refirió en su fallo que las diferencias de criterio entre hombres y mujeres retoman los códigos de uso de vestimenta comúnmente aceptados, lo cual no puede ser calificado de discriminatorio. El hombre recurrió este fallo vía casación.

Comentarios (1)

  1. virginia vieira poblete

    Por aplicaciones que violan el sentido comun y la inteligencia , el mundo se encuentra en crisis.

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