Diario Constitucional

España.

Aerolínea debe reembolsar los pasajes a turistas que desistieron de viajar en plena pandemia por miedo a quedar varados: este motivo es una causa justificada.

No cabe duda que la situación entrañaba una considerable dificultad e incertidumbre, por lo que ha de concluirse que el desistimiento de los vuelos y del contrato celebrado al respecto con la demandada se hallaba fundado y se amparaba en una causa justificada. En los supuestos en los que el cumplimiento del contrato resulte imposible, la norma prescribe que el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor.

Por Redacción·26 de febrero de 2023·3 min de lectura
imagen: expansion.mx
Referencial

El Juzgado de Primera Instancia Nº3 de Marbella (España) acogió la demanda deducida contra una aerolínea que se negó a reembolsar el dinero de los pasajes a unos pasajeros que desistieron de viajar en plena pandemia. El Juzgado estimó que su miedo a quedar varados en un país extranjero, a raíz de las restricciones por el Covid-19, es una causa justificada.

Los demandantes abonaron dinero para adquirir unos pasajes a Venecia (Italia). El viaje estaba programado para noviembre de 2020 y desistieron de realizarlo a raíz de las restricciones que los países estaban implementando para afrontar la pandemia del Covid-19, ya que tuvieron temor de quedar varados en Italia. En virtud de su decisión solicitaron a la compañía aérea el reembolso de los abonos pagados, cuya cantidad ascendía a 224,53 euros por cada uno. La aerolínea se negó a ello, y en su lugar les ofreció cupones de descuento que fueron rechazados. Posteriormente demandaron a la compañía para exigir los reembolsos por vía judicial.

En su contestación, la aerolínea adujo que “(…) resulta comprensible que los pasajeros no desearan viajar, del mismo modo que muchas otras personas ni siquiera se hubieran atrevido a comprar billetes de avión y/o alojamiento en establecimientos hotelero , por esas fechas, sin embargo, esa situación y decisión personal no significa que no hubiera total normalidad para viajar·, de modo que lo que realmente se produjo fue un desistimiento de los ahora demandantes, y en ningún caso cancelación de vuelos por circunstancia extraordinaria”.

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