Estados Unidos.
Autoridad que permitió la filmación de la serie “Empire” en un centro de detención juvenil posee inmunidad soberana estatal, por haber actuado dentro del marco de sus atribuciones.
Cuando la supuesta conducta ilícita surge del incumplimiento por parte del empleado estatal de un deber que se le impone únicamente en virtud de su empleo estatal, la inmunidad soberana prohíbe la acción en el tribunal de circuito. Pero cuando se acusa al empleado de incumplir un deber que se le impone independientemente de su empleo estatal, no se aplicará la inmunidad soberana.

La Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito (Estados Unidos) acogió el recurso de apelación deducido por el superintendente, la segunda autoridad al mando de un centro de detención juvenil, que fue demandado por autorizar la grabación de una serie de televisión en estas dependencias. Dictaminó que posee inmunidad al tenor de la ley estatal.
Según los hechos del caso, la cadena Fox solicitó autorización al demandado para grabar durante algunos días escenas de la serie “Empire”, ya que su superior jerárquico le había concedido esta facultad. Aceptó, por lo que la compañía puso en marcha las grabaciones, aunque por más días de lo pactado originalmente. Como consecuencia de ello se alteró el normal funcionamiento del recinto.
Entre otras cosas, se restringió el acceso a ciertos sectores, lo que disminuyó el tiempo de ocio de los internos, y dado que Fox debía grabar en los dormitorios se destinaron dos módulos para este fin, lo que motivó que los menores asignados a estos fueron reubicados temporalmente en otros módulos, lo cual aumentó el nivel hacinamiento. Por estas razones dos internos demandaron a las autoridades del centro.
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