Opinión.
La sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Panamá sobre matrimonio igualitario: un desacierto interpretativo, por Gianfranco Smith.
La CSJ de Panamá determinó que la prohibición del matrimonio igualitario es constitucional. Aquí las razones.

En una reciente publicación de agendaestadoderecho.com se da a conocer el artículo La sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Panamá sobre matrimonio igualitario: un desacierto interpretativo, por Gianfranco Smith (*).
La sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá del 16 de febrero de 2023 resolvió la advertencia de inconstitucionalidad presentada contra las disposiciones del Código de la familia y el Código de derecho internacional privado que restringen la posibilidad de contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo.
Esta sentencia concluyó que dichas disposiciones no eran inconstitucionales, cerrando la posibilidad de reconocer el derecho humano de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio en los términos establecidos en la Opinión Consultiva OC-24 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
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