Responsabilidad contractual.
Banco debe indemnizar a cliente por renovar automáticamente durante 4 años una póliza de seguro que fue contratada por solo 12 meses, resuelve tribunal argentino.
El argumento expuesto por el banco en el cual sostiene que una persona a la que se le realizan débitos automáticos debe impugnarlos, pues en caso contrario se entienden por aceptados, impone al usuario una carga que es excesiva pues el consumidor ni siquiera ha contratado el servicio que le están descontando.

El Juzgado de Paz de Cipolletti (Argentina) acogió la demanda deducida contra un banco y una entidad financiera por vulnerar los derechos de un cliente que contrató un seguro, al realizar cobros injustificados sin mediar un consentimiento libre e informado.
Según los hechos narrados en la demanda, el hombre contrató un seguro automotriz con una entidad financiera por 1 año. Sin embargo, el banco a través del cual su empleador pagaba sus remuneraciones, en virtud de un convenio por su calidad de funcionario público, comenzó a realizarle cobros automáticos por hasta 4 años, los cuales nunca autorizó. Por ello, entabló una acción judicial contra de ambos.
Las demandadas rechazaron su pretensión. Adujeron que el hombre había prestado su consentimiento para hacer descuentos automáticos a su tarjeta de crédito. Para probar sus aseveraciones, la entidad aportaron grabación telefónica en la que el cliente consentía en renovar la póliza, e incluso confirió los datos de su tarjeta para que se procediera a ello. Del mismo modo, indicó que el cliente nunca se contactó para dar por finalizado el contrato.
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Comentarios (2)
Abraham Que me importa lo que suceda en otro país, mejor noticia lo que sucede en Chile…
Alicia Interesante información
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