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Opinión.

CIADI: a propósito de la reciente denuncia por parte de Honduras de la Convención de Washington de 1965, por Nicolas Boeglin.

En los últimos decenios, el CIADI ha despertado muchas reservas en diversos círculos en América Latina pero también en otras latitudes, ante la falta de transparencia en sus procedimientos, el perfil de sus árbitros (muchas veces poco familiarizados con álgidos temas legales como la protección del ambiente, el derecho al agua y los derechos de las poblaciones indígenas, el derecho administrativo y constitucional), así como los montos millonarios y a veces desproporcionales a los que se ha condenado a Estados en algunos casos, por demandas claramente abusivas de un inversionista extranjero.

27 de marzo de 2024·28 min de lectura
CIADI: a propósito de la reciente denuncia por parte de Honduras de la Convención de Washington de 1965, por Nicolas Boeglin.
Referencial

En una reciente publicación de derechointernacionalcr.blogspot.com se da a conocer el artículo «CIADI: a propósito de la reciente denuncia por parte de Honduras de la Convención de Washington de 1965», por Nicolas Boeglin, profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

En días recientes, el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Estado e Inversionista Extranjero (CIADI, también conocido por sus siglas en inglés de ICSID o CIRDI en francés), informó que desde el 24 de febrero, Honduras ha procedido a notificar su intención de retirarse de la Convención de Washington que creó el CIADI de 1965: véase al respecto el comunicado oficial del CIADI.

Esta denuncia surtirá efectos plenos jurídicos 6 meses después de notificada, a partir del 25 de agosto del 2024.

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