Tribunal europeo de derechos
Condena impuesta a exmilitar que participó en intento de Golpe de Estado de 2016 contra el gobierno turco no viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El actor no presentó pruebas, como informes médicos, sobre los supuestos malos tratos; tampoco aportó copias de las declaraciones que hizo en las etapas de investigación o juicio, ni cualquier otra cosa que permitiera al Tribunal examinar sus alegaciones de malos tratos. Del mismo modo, no ofreció ninguna razón para su queja sobre la falta de objetividad e imparcialidad de los tribunales.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó la demanda interpuesta contra Turquía por las presuntas arbitrariedades cometidas contra un exmilitar que fue condenado por su participación en el intento de Golpe de Estado (2016). No constató ninguna violación a los artículos 6 (derecho a un juicio justo, 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes) y 5 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El demandante, un ciudadano turco y exteniente primero, fue condenado a cadena perpetua agravada por intentar derrocar al gobierno y causar daños materiales durante el intento de golpe de Estado en Turquía del 15 de julio de 2016. Según la acusación, comandó uno de los tanques desplegados en el edificio del Estado Mayor y participó en acciones como disparos contra civiles y destrucción de bienes públicos.
El tribunal rechazó su alegato de obediencia a órdenes superiores y su creencia en un supuesto ataque terrorista. Su condena fue confirmada en todas las instancias judiciales. En 2023, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible su queja sobre la presunta falta de equidad procesal, concluyendo que no existieron arbitrariedades ni errores manifiestos en las decisiones previas. Por este motivo, demandó al Estado ante el TEDH.
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