Vulneración de la estabilidad laboral reforzada.
Corte Constitucional de Colombia ampara derechos de mujer que fue despedida por su empleador tras comunicarle que estaba embarazada vía WhatsApp.
Existe libertad probatoria para que la trabajadora evidencie que puso en conocimiento del empleador su estado de embarazo. Ello puede demostrarse mediante la notificación directa por parte de la trabajadora o contratista, pero también, por ejemplo, a través de la configuración de un hecho notorio o por la noticia de un tercero.

La Corte Constitucional de Colombia acogió la acción de tutela interpuesta por una mujer que fue despedida luego de comunicar a su empleador, a través de WhatsApp, que estaba embarazada. Amparó sus derechos a la estabilidad laboral reforzada, seguridad social, igualdad y mínimo vital, al estimar que el despido fue arbitrario por no haberse cumplido los presupuestos previstos en la normativa, y que existe libertad de medios para comunicar el embarazo.
La mujer trabajaba como auxiliar en un hospital público bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios. En 2022, comunicó a su superior jerárquico que tenía 6 semanas de embarazo a través de un mensaje de WhatsApp. Posteriormente, fue despedida a pesar de su condición de gestante, dado que, según su empleador, «ya no había más trabajo».
Por lo anterior, accionó judicialmente contra su empleador al estimar vulnerado su derecho a la estabilidad laboral reforzada. Adujo que este la despidió sin contar con el permiso del inspector de trabajo: trámite legal obligatorio cuando el trabajador desvinculado es un sujeto de especial protección, como lo son las embarazadas. El juez de instancia rechazó su acción, por considerar incumplido el requisito de subsidiariedad, ya que, a su juicio, el asunto debía ser resuelto en sede laboral ordinaria. La mujer impugnó esta decisión en sede constitucional.
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