Derechos laborales afectados.
Corte Constitucional de Colombia resuelve que despido de persona discapacitada vulnera su derecho a la estabilidad laboral, ya que sus limitaciones físicas no justifican su desvinculación.
La estabilidad laboral reforzada consiste en el derecho fundamental que tienen los trabajadores a permanecer en el puesto de trabajo y obtener los correspondientes beneficios salariales y prestacionales, incluso contra la voluntad del empleador, si no existe una causa objetiva que justifique el despido.

La Corte Constitucional de Colombia acogió una acción de tutela deducida contra un empleador que despidió arbitrariamente a su trabajadora, por ser discapacitada.
En 2018, la recurrente, que trabajaba como operaria de máquinas, fue diagnosticada con el Síndrome del Túnel Carpiano y desde entonces ha experimentado agudos dolores en sus extremidades. Tras ello, y a pesar de contar con fuero de salud, fue despedida por su empleador.
Sin embargo, volvió a ser contratada por su ex empleador mediante un contrato a plazo fijo de tres meses para después volver a ser despedida. Por ello interpuso una demanda aduciendo una vulneración a sus derechos a la estabilidad laboral reforzada, seguridad social y salud, por considerar que la causa de su aflicción fue su trabajo y que por esa razón fue desvinculada.
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