España.
Hombre que humillaba a su ex pareja cada vez que la veía fue condenado por violencia de género.
Es suficiente para condenar el testimonio exclusivo de la víctima, cuando presente tal solidez y rotundidad que no pueda sino ser tenido en cuenta a la hora de imponer una sanción penal a no constar otros móviles que puedan desvirtuarlo.

Un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aragón, condenó a un hombre por el delito leve de violencia contra la mujer por haber humillado reiteradamente a su ex pareja cada vez que la veía.
El Tribunal dio por acreditado que el acusado desde mayo de 2022, fecha en que terminaron su relación sentimental, cada vez que se encontraba con su ex pareja le gritaba expresiones malsonantes y humillantes, tales como “puta”, hechos que ocasionan un enorme desasosiego e intranquilidad a la mujer junto con temor o miedo.
En base a lo anterior, el fallo declaró que los hechos fueron constitutivos del delito de violencia contra la mujer, ya que, “(…) el denunciado actuó contra su pareja empleando conductas o comportamientos que, objetivamente, causan menosprecio, habiendo actuado a tal fin, mediado denuncia de la persona ofendida, que ha sostenido la acusación.”
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