Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
España debe indemnizar el daño moral causado a testigo de jehová que recibió una transfusión de sangre contra su voluntad: TEDH prioriza su libertad religiosa sobre el derecho a la vida.
La autorización para proceder con el tratamiento fue otorgada al final de un proceso de toma de decisiones que sufrió la omisión de información esencial sobre los deseos de la actora, los cuales habían sido registrados por escrito en diferentes formas y momentos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda interpuesta contra España por la transfusión de sangre forzada a una testigo de jehová que previamente se había negado al procedimiento por razones religiosas. Constató una violación al artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en virtud del artículo 9 (libertad de pensamiento, de conciencia y de religión) del mismo convenio.
La demandante, una ciudadana ecuatoriana y testigo de Jehová residente en España, rechazó transfusiones de sangre por motivos religiosos mediante instrucciones previas registradas y un consentimiento informado. Tras sufrir una grave hemorragia, fue trasladada a un hospital de Madrid, donde la jueza de guardia autorizó la administración de transfusiones sin consultar sus deseos expresos, alegando una emergencia médica.
Previo a perder el conocimiento la mujer reiteró su negativa al procedimiento, pero las transfusiones de emergencia se realizaron de igual forma. Posteriormente, demandó la anulación de la decisión judicial, pero tanto los jueces de instancia como el Tribunal Constitucional confirmaron que la autorización fue necesaria para salvarla, priorizando el derecho a la vida sobre su libertad religiosa. Posteriormente demandó al Estado ante el TEDH.
Temas
Te puede interesar

Prevalece la libertad de expresión frente al derecho al honor.
Demanda contra asociación conformada por ex miembros del credo religioso que calificó de “secta destructiva” y “religión destructiva” a los Testigos de Jehová, se rechaza por Tribunal español.

Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.
Razones de índole religiosa de la madre para negar transfusión de sangre a su hijo, resultan insuficientes y ceden ante la necesidad de resguardar el interés superior del niño.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Finlandia no vulneró la libertad de religión de los Testigos de Jehová por imponer requisitos para la recopilación de datos personales durante la evangelización a domicilio.

