Sitios web.
Incrustación de obras protegidas en sitios web de terceros no vulnera derechos de autor al no calificar como copia, resuelve tribunal estadounidense.
La incrustación es un método que permite que un sitio web de terceros (el sitio web de incrustación) incorpore contenido directamente desde el sitio web donde apareció originalmente (el sitio web anfitrión). Desde la perspectiva del usuario, la incrustación es completamente pasiva: el sitio web de incrustación dirige el navegador del usuario a la cuenta de Instagram y el contenido de Instagram aparece como parte del contenido del sitio web de incrustación.

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito (Estados Unidos) desestimó el recurso de apelación deducido por dos fotógrafos que demandaron a Instagram por permitir que sitios web externos publicaran fotografías de sus perfiles, sin autorización. Dictaminó que la incrustación de una imagen no puede ser considerada necesariamente una copia.
Los recurrentes entablaron una demanda colectiva contra Instagram luego que dos plataformas web utilizaran publicaciones de sus perfiles públicos en la red social, para incorporarlas en un artículo sobre el movimiento «Black Lives Matter”. Acusaron a Instagram de vulnerar sus derechos de autor y de visualización exclusiva, al permitir que los sitios externos mostraran su contenido mediante una herramienta de inserción.
Además, adujeron que Instagram alienta intencionalmente estas prácticas, al ayudar a terceros a insertar sitios web para que se muestren fotos y videos protegidos por derechos de autor sin hacer ningún esfuerzo por controlar o detener una “infracción desenfrenada». A su juicio, la red social facilita la incrustación para crear un flujo de ingresos de miles de millones de dólares anuales. Su demanda fue rechazada en primera instancia, motivo por el cual interpusieron un recurso de apelación.
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