Derecho al honor y la libertad de expresión.
Libertad de expresión prevalece por sobre la memoria de un ex ministro del gobierno del general Francisco Franco, resuelve el Tribunal Supremo español.
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El Tribunal Supremo español acogió un recurso de casación deducido por una diputada en contra de la sentencia que la condenó a pagar cinco mil euros a la familia de un ex ministro fallecido.
La Diputada del Parlamento de Andalucía publicó un tuit en el que calificó a un ex ministro del gobierno del general Francisco Franco, como responsable del asesinato de un condenado a muerte en un consejo de guerra y ejecutado por garrote vil. Tras su publicación, los familiares del ex ministro dedujeron en su contra una demanda de protección de los derechos fundamentales, argumentando que el tuit constituye una intromisión ilegítima en los derechos fundamentales al honor y a la propia imagen del fallecido ex ministro.
El Tribunal de primera instancia acogió la demanda y declaró que las publicaciones constituyen una vulneración al derecho a la honra e imagen del ex ministro y su familia, por lo que ordenó a la demandada eliminar el tuit de las redes sociales y pagar la suma de cinco mil euros a modo de indemnización por daño moral.
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