Procedimiento adolece de vicios.
Resolución de la Comisión Europea que autorizó ayuda de reestructuración en beneficio de una aerolínea, es anulada por el TGUE.
La Comisión no debería haber autorizado la ayuda de reestructuración controvertida sin incoar un procedimiento de investigación formal. En efecto, Ryanair ha demostrado de manera suficiente que la Comisión debería haber albergado dudas que justificaban la incoación de dicho procedimiento.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) acogió el recurso deducido por la aerolínea Ryanair, anulando así la resolución de la Comisión Europea que concedió autorización a Alemania para ayudar financieramente a una aerolínea de este país. Constató que la Comisión no llevó a cabo un procedimiento formal de investigación para evaluar la pertinencia de la ayuda.
Según se narra en los hechos, la Comisión Europea, sin iniciar un procedimiento formal de investigación, otorgó su aprobación a una ayuda de reestructuración por un valor de 321 millones de euros que Alemania tenía la intención de conceder a la aerolínea alemana Condor. Con esta ayuda se buscaba respaldar el proceso de reestructuración y garantizar la continuidad de las operaciones de la compañía, con el fin de abordar las dificultades que enfrentaba debido a la situación de insolvencia de su empresa matriz.
Sin embargo, la aerolínea Ryanair impugnó esta decisión ante el TGUE, aduciendo, entre otros motivos, que la Comisión no demostró la necesidad de la intervención estatal y su efecto incentivador, y que el plan de reestructuración era realista, coherente, de gran alcance y adecuado y la idoneidad o proporcionalidad de la ayuda en cuestión (vii). Agregó que la Comisión incurrió en error en su examen de los efectos negativos de la medida en litigio.
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