Ex miembro de servicios de seguridad durante la era soviética.
TEDH condena a Polonia por retrasar arbitrariamente la acción de un jubilado que buscaba revertir una reducción a su pensión de vejez.
Se constató que la reducción y la tardanza injustificada en la tramitación de su recurso en sede judicial vulneraron los derechos a un proceso equitativo y a un recurso efectivo del afectado.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), resolvió condenar al Estado polaco por violar los artículos 6 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Ello, tras vulnerar los derechos de un pensionado ex miembro de la “Milicja Obywatelska”, organización policial que existió durante la ocupación soviética de Polonia.
El recurrente fue afectado por una serie de reducciones a su pensión de vejez desde 2009, razón por la cual dedujo un recurso ante el Tribunal Regional de Varsovia, con el fin de revertir la decisión de la entidad pensional. Este a su vez solicitó un pronunciamiento del Tribunal Constitucional.
Esta situación generó una tardanza injustificada en el proceso que generó un gran perjuicio al recurrente, quien interpuso un recurso contra el Tribunal Regional que fue desestimado por el Tribunal de Apelaciones.
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