Delito de amenazas.
Testimonio de víctimas en casos de violencia tienen mayor importancia en virtud de la perspectiva de género, resuelve un tribunal argentino.
El abordaje desde una perspectiva de género reconoce que los testimonios de las personas directamente involucradas en el conflicto cobran mayor relevancia para analizar y confrontar las diferentes hipótesis en cuanto a las circunstancias en las que presumiblemente habría sucedido el hecho denunciado y, especialmente, reviste fundamental entidad el relato de la víctima o denunciante.

El Tribunal de Rio Gallegos (Argentina) desestimó el recurso de apelación deducido por un hombre que habría ejercido violencia contra una mujer, confirmando así su procesamiento y la traba de embargo sobre sus bienes por un valor de 60.000 pesos argentinos. Dictaminó que la perspectiva de género confiere preeminencia al relato de los involucrados, especialmente al de la víctima.
Según se narra en los hechos, el hombre fue denunciado y procesado judicialmente por proferir amenazas contra una mujer. No obstante, recurrió el fallo de instancia que resolvió su procesamiento, aduciendo que los antecedentes del caso eran insuficientes para dar credibilidad al relato de la víctima, pues la única prueba presentada en su contra era la propia denuncia.
Cuestionó que no se ordenara a la mujer ratificar sus dichos, ni que mediara el testimonio de algunos testigos. También se agravió por la falta de pericias psicológicas a la demandante para evaluar su personalidad.
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