Proceso penal.
Tribunal de Argentina resuelve que no es necesario una orden judicial para descargar conversaciones de WhatsApp de un teléfono celular.
El riesgo de una denuncia por parte del interlocutor es una posibilidad que se asume al hablar, y que uno resigna sus razonables expectativas de intimidad al conversar con otro.

Una Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional argentina, confirmó la resolución que denegó la solicitud de nulidad presentada por la defensa de un imputado al resolver que no es necesario una orden judicial para descargar conversaciones de WhatsApp de un teléfono celular.
El caso se refiere a la denuncia efectuada por una persona, luego de enterarse que su hermana, su cuñado y su madre, habían llevado a su padre –quien se encontraba en un grave estado de salud– a una notaría con el fin de transferir un bien inmueble en perjuicio del denunciante. Este refiere que poseía mensajes de texto y audios de WhatsApp intercambiados con uno de los imputados, quien había reconocido la situación fraudulenta. Asimismo, señala que tenía capturas de pantalla, las que aportó al expediente.
En este contexto, el Ministerio Público solicitó a la División Análisis de Inteligencia Informática de la Policía de la Ciudad que descargara las conversaciones sostenidas entre el denunciante y uno de los imputados. Frente a lo anterior, la defensa sostuvo que la fiscalía no contaba con una orden judicial para requerir la copia y transcripción de las conversaciones sostenidas por medio de la aplicación WhatsApp. Refiere que dicha autorización es necesaria atendido a que se trataba de conversaciones privadas, amparadas por el derecho a la intimidad.
Te puede interesar

Caso Garzón Guzmán vs. Ecuador.
Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Ecuador por la desaparición forzada de un escritor.

Prueba ilícita.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó caso ante la Corte IDH por violación de garantías judiciales de un ciudadano colombiano.

Juicio por jurado.
Tribunal de Argentina rechazó la acción de inconstitucionalidad interpuesta en contra del veredicto tomado por un jurado que declaró inocente a tres jóvenes acusados por el delito de violación impropia.

