Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Al compensar racionalmente circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Tribunal puede recorrer toda la extensión de la pena asignada al delito.

Petición del recurrente de considerar de forma muy calificada la circunstancia del artículo 11 N°6 del Código Penal en razón de su edad, no procede, pues, en la especie, le perjudica la agravante del artículo 12 N°7 de la misma norma.

Por Redacción·27 de mayo de 2022·3 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema desestimó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Villarrica, que condenó al imputado a la pena de 18 años de presidio mayor en su grado máximo como autor del delito de homicidio calificado.

En su libelo de nulidad, el recurrente invoca de manera principal la causal contemplada en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, al considerar una presunta vulneración al debido proceso.

Argumenta que la defensa tuvo acceso a la carpeta investigativa después de ocho meses de haberla solicitado, misma situación ocurrió con uno de los informes periciales, el cual, fue puesto a disposición con 1 año y 9 meses de retraso y que algunas de las interrogaciones efectuadas fueron mediante apremios que considera ilegítimos, y no se le informó acerca de su derecho a guardar silencio.

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