Recurso de nulidad rechazado.
Autorización que el acusado otorga a Carabineros para ingresar a su domicilio no puede ser esgrimida como una infracción al debido proceso para anular la sentencia condenatoria.
El permiso que el propio imputado otorgó a los agentes para que ingresaran a su domicilio en medio de una investigación por tráfico de drogas, debe ser considerado como una manifestación de su voluntad de querer que los agentes superen toda duda respecto de su participación en algún ilícito, lo que a la postre no resultó favorable para el encausado, pero aquello no significa que la evidencia levantada sea ilegal.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes; y a cuatro años de cárcel por el ilícito de tenencia de arma de fuego prohibida.
El 13 de julio de 2023, luego de una investigación por parte del OS7, que determinó que el domicilio el imputado era utilizado como un punto de acopio y venta de droga; personal policial luego de solicitar la respectiva autorización al propio acusado, ingresó al inmueble incautando diversos tipos de estupefacientes, armas modificadas, y más de 14 millones de pesos en dinero en efectivo, elementos que no hacen más que evidenciar que el encausado se dedica a la compra y venta de sustancias ilegales; por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
Te puede interesar

Recurso de nulidad rechazado por Corte de Rancagua.
No es un contrasentido dar por acreditada la autoría en un delito de porte de arma prohibida y descartar la participación en un delito de amenaza.

Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma que impide sustituir la pena privativa de libertad a los condenados por el delito de porte de arma prohibida, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Corte rechaza recurso de nulidad
Recurrente no menciona una sola y concreta norma penal sustantiva que haya sido contravenida por el tribunal de fondo a efectos de calificar el hecho imputado como delito, por lo que el recurso de nulidad no puede prosperar.

