Recurso de nulidad rechazado.
Carabineros puede detener a un imputado mientras confirma su presunta participación en un hecho delictual previo, resuelve la Corte Suprema.
El acusado manejaba un vehículo en estado de ebriedad y con su licencia de conducir cancelada por la ciudad de Los Andes, cuando atropelló a un transeúnte provocándole graves lesiones, luego, huyó del sitio y fue detenido por Carabineros al día siguiente, tras ser fiscalizado en la comuna de La Reina. El máximo Tribunal estimó que la verificación de la participación del acusado en el atropello, no constituye una infracción al debido proceso.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, que condenó al imputado a la pena de cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves.
El día 19 de marzo de 2020, a las 20:30 horas, el acusado manejaba un vehículo en estado de ebriedad y con su licencia de conducir cancelada, por un sector de la ciudad de Los Andes, y debido a su ebriedad, atropelló a la víctima, quien cruzaba caminando una intersección por paso peatonal, quedando lesionado en el lugar, mientras que el acusado huye sin prestar ayuda, sin dar aviso del accidente. Posteriormente, el acusado se trasladó hasta la comuna de La Reina, Región Metropolitana, en compañía de otras personas, siendo fiscalizado por personal de Carabineros del sector, quienes, al conocer los antecedentes entregados por personal de Carabineros de Los Andes, verificaron y advirtieron que el acusado había participado en el accidente ocurrido en esta ciudad.
Además, el acusado conducía el vehículo que participó en el atropello a sabiendas de que lo hacía con licencia de conducir cancelada, por sentencia dictada en su contra el 04 de marzo de 2020 por el Juzgado de Garantía de Los Andes; por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.
Temas
Te puede interesar

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.
Empresas de transportes son declaradas como una sola unidad económica y condenadas solidariamente a indemnizar a trabajador despedido injustificadamente.

Recurso de casación rechazado.
Corte Suprema confirma fallo que condenó a inmobiliaria por defectos de construcción de edificio.

Conlleva pena privativa de libertad, otra privativa de derechos y una multa.
TOP de Santiago condena a exalcalde de Ñuñoa como autor de delitos de negociación incompatible.

