Recurso de casación en el fondo rechazado.
Citación a confesar deuda y reconocer firma no es válida para hacer revivir un título ejecutivo extinguido.
El acreedor intentó hacerse de un título al poseer un cheque caducado girado a nombre del deudor, eludiendo el procedimiento del artículo 434 N°4 del Código de Procedimiento Civil respecto dicho documento, lo que fue estimado como improcedente por el máximo Tribunal.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base, que no dio curso a una gestión preparatoria.
Se inició gestión preparatoria para preparar la vía ejecutiva, solicitando la citación del representante de una empresa, para que concurra a confesar deuda y reconocer la firma puesta en un cheque por la suma de $150.000.000.- girado el 15 de octubre de 2018.
Por resolución de 28 de julio de 2021, el tribunal de primera instancia negó lugar a dar curso a la gestión preparatoria, al estimar que, “(…) la citación a confesar deuda y reconocimiento de firma, no procede para revivir títulos ejecutivos fenecidos”; decisión que fue confirmada por la Corte de Santiago en alzada.
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