Ley de Urgencia
Clínica sancionada por exigir pagaré a paciente con quemaduras graves: multa de 400 UTM confirmada por Corte de Santiago
La Corte ratificó la sanción impuesta por la Superintendencia de Salud. La resolución establece que el paciente ingresó con quemaduras graves que requerían atención inmediata, por lo que condicionar la atención mediante un pagaré vulneró la Ley de Urgencia.

La Corte de Santiago rechazó un recurso de reclamación interpuesto por la Clínica Sanatorio Alemán en contra de una resolución de la Superintendencia de Salud que le impuso una multa de 400 UTM por exigir un pagaré a un paciente en situación de urgencia.
La reclamante expuso que la sanción era improcedente, ya que el paciente no se encontraba en condición de urgencia vital al momento de su ingreso. Sostuvo que se realizó una evaluación previa que determinó que no correspondía activar el beneficio de la Ley de Urgencia antes de solicitar el pagaré.
La Superintendencia de Salud instó por el rechazo de la reclamación, afirmando que la resolución que dispuso la multa fue dictada conforme a la normativa vigente y dentro de sus facultades legales. Indicó que la condición de urgencia del paciente quedó establecida en una resolución previa que no fue impugnada oportunamente por la clínica.
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