Diario Constitucional

Recurso de nulidad acogido.

Condena a Carabinero por apremios ilegítimos en perjuicio de dos niñas se anula por la Corte de Santiago.

En el fondo se nos dice que hubo intención de causar sufrimiento porque las víctimas sufrieron, es decir, para el tribunal basta que hayan sufrido para entender que esa fue la intención del agente, ¿por qué?, no se sabe.

Por Redacción·14 de abril de 2023·3 min de lectura
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La Corte de Santiago acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la capital, que condenó a un carabinero por el delito de apremios ilegítimos en perjuicio de dos niñas, durante el estallido social, cuya pena de prisión fue sustituida por la libertad vigilada intensiva; anuló la sentencia y el juicio oral que la precede, y ordenó se cite a nueva audiencia de juicio oral.

El recurrente alegó que se falló sin indicar las razones legales ni doctrinales para calificar los hechos como un delito de apremios ilegítimos, en cuanto no existe ningún argumento en la sentencia que acredite que se trata de un hecho doloso, cuyo elemento es esencial para el tipo penal por el que se le acusa, de modo que no puede determinarse la concurrencia de un ánimo especial lesivo y apremiante únicamente sobre la base de la producción del resultado lesivo mismo, ya que, acarrearía una presunción de derecho del dolo y, por consiguiente, de la responsabilidad penal, vulnerando lo dispuesto en el artículo 19 N°3, inciso 7° de la Constitución.

En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal.

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