Diario Constitucional

Femicidio tentado

Condenan a 9 años de presidio efectivo a hombre como autor del delito tentado de femicidio

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó al acusado a 9 años de presidio efectivo, como autor del delito tentado de femicidio cometido en contra de su exconviviente, en septiembre de 2025, en la comuna de Coronel.

Por Redacción·21 de septiembre de 2026·2 min de lectura
Condenan a 9 años de presidio efectivo a hombre como autor del delito tentado de femicidio
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó al acusado a 9 años de presidio efectivo, como autor del delito tentado de femicidio cometido en contra de su exconviviente, en septiembre de 2025, en la comuna de Coronel.

En fallo unánime, el tribunal condenó además al acusado a 3 años y un día de reclusión, como autor del delito consumado de desacato.

Por el femicidio tentado, se le impusieron también las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, el tribunal estableció como medidas accesorias especiales la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo, estudio o cualquier otro sitio al que concurra o visite habitualmente, junto con la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante dos años, plazo que podrá ser prorrogado a petición de la afectada.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 05:00 horas del 3 de septiembre de 2025, en un domicilio ubicado en la villa El Esfuerzo de Coronel, el condenado agredió a su exconviviente con un cuchillo, propinándole múltiples estocadas en distintas zonas del cuerpo, además de golpes de puño.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió diversas heridas que, aunque fueron calificadas clínicamente como leves, comprometieron zonas del cuerpo en las que las lesiones podrían haber resultado mortales.

Con esta conducta, el condenado también incumplió las medidas que le habían sido impuestas previamente mediante una sentencia definitiva del Juzgado de Garantía de Coronel, que lo había condenado como autor de un delito tentado de femicidio íntimo cometido contra la misma víctima.

Esas medidas le prohibían aproximarse a la afectada, a su domicilio, lugar de trabajo, estudio o cualquier otro sitio que visitara habitualmente, además de establecer la prohibición o restricción absoluta de comunicarse con ella por cualquier medio. El quebrantamiento de esas órdenes judiciales dio lugar a la condena adicional por desacato.

Al determinar la pena, el tribunal consideró también las consecuencias que el delito provocó en la víctima, antecedentes que fueron expuestos durante el juicio y reafirmados en la audiencia respectiva.

La sentencia tuvo presente que la afectada se encuentra actualmente recibiendo atención psicológica y psiquiátrica como consecuencia de las secuelas provocadas por los hechos.

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