Robo con violencia
Condenan a cinco años y un día de presidio efectivo a sujeto que participó en violento robo a fotógrafo en Santiago
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre a cinco años y un día de presidio efectivo, como autor del delito consumado de robo con violencia cometido contra un fotógrafo en el centro de Santiago. El tribunal reconoció al acusado una atenuante de imputabilidad…

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre a cinco años y un día de presidio efectivo, como autor del delito consumado de robo con violencia cometido contra un fotógrafo en el centro de Santiago. El tribunal reconoció al acusado una atenuante de imputabilidad disminuida debido a un trastorno neurocognitivo moderado que afectaba significativamente su capacidad de autodeterminación, aunque estableció que conservaba la capacidad de comprender el carácter ilícito de sus actos.
Los hechos ocurrieron en noviembre de 2018, cuando la víctima fotografió la fachada de un restaurante en calle Santo Domingo. Tres hombres salieron del local, lo siguieron hasta el acceso de su domicilio y le exigieron borrar la imagen. Pese a que accedió, fue golpeado en el rostro y, tras caer al suelo y perder parcialmente el conocimiento, los sujetos continuaron agrediéndolo y le sustrajeron su cámara fotográfica y teléfono celular. El ataque le provocó lesiones y la destrucción de sus lentes. La cámara fue recuperada posteriormente, pero el teléfono no.
La Fiscalía acusó al imputado como autor de robo con violencia y solicitó 15 años de presidio, apoyándose en la declaración de la víctima, testimonios, fotografías y registros de cámaras de seguridad. La defensa pidió su absolución, alegando falta de participación y cuestionando la existencia de un concierto previo debido a su imputabilidad disminuida. Subsidiariamente, solicitó que se reconociera esa condición como atenuante de responsabilidad penal.
Durante el juicio, la víctima afirmó que los tres sujetos participaron en la agresión, aunque no pudo reconocer al acusado en la audiencia. Un carabinero lo identificó en las cámaras de seguridad por sus rasgos, vestimenta y forma de caminar, y fue detenido poco después a pocas cuadras del lugar con las mismas prendas. Con estos antecedentes, además de los registros audiovisuales y fotografías, el tribunal tuvo por acreditado que los tres actuaron coordinadamente para golpear a la víctima y sustraerle su cámara y teléfono celular.
Los jueces calificaron los hechos como robo con violencia consumado. Consideraron acreditada la apropiación de las especies, la falta de consentimiento de su dueño, el ánimo de lucro y la violencia utilizada para concretar la sustracción.
El tribunal concluyó que el acusado actuó como autor directo, pues los registros audiovisuales mostraron una intervención coordinada en la agresión y su posterior huida junto a otro atacante. Su identificación en las cámaras y detención a pocas cuadras, con la misma vestimenta, permitieron descartar la solicitud de absolución de la defensa.
El peritaje psiquiátrico diagnosticó al acusado un trastorno neurocognitivo moderado y un trastorno por consumo de sustancias, que disminuían significativamente su capacidad de autodeterminación y control de impulsos, aunque conservaba la capacidad de comprender la ilicitud de sus actos. Pese a que la evaluación se realizó años después del delito, el tribunal estimó que existía una base de deterioro previa a los hechos y acogió la atenuante de imputabilidad disminuida prevista en el Código Penal.
La Fiscalía invocó la agravante de reincidencia específica debido a una condena anterior del acusado por robo con intimidación. El tribunal la acogió, al considerar que se trataba de un delito de la misma especie y que, pese a su imputabilidad disminuida, mantenía capacidad para autodeterminarse y actuar conforme a derecho.
Para determinar la sanción, los jueces aplicaron las reglas especiales previstas para los delitos de robo y consideraron tanto la atenuante de imputabilidad disminuida como la agravante de reincidencia específica. Asimismo, tuvieron presente que la víctima recuperó la cámara fotográfica sustraída, por lo que decidieron imponer la pena en su grado mínimo.
En consecuencia, el Tribunal condenó al acusado a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, además de las penas accesorias legales, como autor del delito consumado de robo con violencia. Debido a la extensión de la condena y a que no reunía los requisitos de la Ley N°18.216, no le concedió penas sustitutivas, por lo que deberá cumplir efectivamente la sanción privativa de libertad. El tribunal abonó a la condena los 555 días que había permanecido privado de libertad por esta causa.
Vea sentencia Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Rol Nº289-2029.
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