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Condenan a 15 y 10 años de presidio a autores de robos con violencia en Biobío

Robos violentos en biobío

Condenan a 15 y 10 años de presidio a autores de robos con violencia en Biobío

Tribunal oral de Concepción impuso penas efectivas por delitos cometidos en Tomé y San Pedro de la Paz, ordenando además la incorporación de los condenados al registro nacional de ADN. Acreditó planificación, división de funciones y actuación en grupo para sustraer altas sumas de dinero a víctimas seguidas desde entidades bancarias, imponiendo penas diferenciadas según participación y reiteración delictiva.

25 de abril de 2026

Corte de Santiago confirma condena por robo con violencia en Peñalolén y conducción de vehículo con placa patente adulterada

Recurso de nulidad

Corte de Santiago confirma condena por robo con violencia en Peñalolén y conducción de vehículo con placa patente adulterada

El tribunal descartó falta de fundamentación en la sentencia y errores en la aplicación de atenuantes, validando la valoración probatoria y la pena impuesta al acusado por su participación en un violento asalto, manteniendo la pena de 10 años de presidio contra el imputado, además de sanciones por conducción con patente adulterada.

15 de abril de 2026

Cuarto TOP de Santiago absuelve robo por sorpresa y condena a seis años de presidio por robo con violencia en Estación Central

Estándar de convicción

Cuarto TOP de Santiago absuelve robo por sorpresa y condena a seis años de presidio por robo con violencia en Estación Central

El tribunal absolvió al acusado del delito de robo por sorpresa ocurrido en febrero de 2025, pero lo condenó como autor de un robo con violencia perpetrado en marzo del mismo año, imponiéndole una pena efectiva de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, con accesorias legales. Estimó insuficiente la prueba para acreditar el arrebato sorpresivo del teléfono, pero dio por plenamente acreditada la intimidación y las agresiones en el segundo hecho

28 de enero de 2026

Corte de Copiapó anula sentencia por falta de fundamentación en la determinación de la pena

Recurso de nulidad acogido.

Corte de Copiapó anula sentencia por falta de fundamentación en la determinación de la pena

El fallo vulnera el principio de razón suficiente y el deber de motivación de las resoluciones judiciales. La argumentación sobre "el mal causado" no fue adecuada ni suficiente para justificar la pena impuesta en el tramo alto del marco legal. El deber de fundamentación abarca toda la sentencia, especialmente la determinación judicial de la pena en casos condenatorios. Ordena al tribunal citar a los intervinientes a una nueva audiencia de juicio oral.

18 de julio de 2025

Corte de Santiago ratifica decisión del Juzgado de Garantía de no fijar caución por considerar insuficiente la ofrecida por el imputado

Recurso de amparo rechazado

Corte de Santiago ratifica decisión del Juzgado de Garantía de no fijar caución por considerar insuficiente la ofrecida por el imputado

Se realizó la audiencia para debatir el monto de la caución, cumpliendo con el artículo 146 del Código. El juez consideró que $1.000.000 propuesto por la defensa no era suficiente para garantizar la comparecencia del imputado. La la determinación del monto de la caución es una facultad del tribunal y no una obligación legal. Ante la insuficiencia de la caución ofrecida no hay ilegalidad en mantener la prisión preventiva por peligro de fuga. No hubo vulneración al debido proceso, ya que se realizó la audiencia y se tomó una decisión fundamentada. No corresponde revisar la razonabilidad de la de

14 de julio de 2025

Reconocimiento espontáneo de la víctima hacia un imputado no está sujeto a la exigencia de una denuncia previa.

Recurso de nulidad rechazado.

Reconocimiento espontáneo de la víctima hacia un imputado no está sujeto a la exigencia de una denuncia previa.

El imputado junto a otros miembros de su banda, se dedicaban a robar vehículos para utilizarlos en posteriores atracos. El día de su detención, ya contaba con tres automóviles sustraídos aquella jornada mediante la técnica del “abordazo”, y fue reconocido espontáneamente por todas las víctimas cuando coincidieron en la comisaría.

16 de noviembre de 2024

Imagen: grupocasalima.com

Recurso de nulidad acogido por Corte de San Miguel.

Sentencia no valora las numerosas pruebas indiciarias para dar por acreditada la participación de los imputados por lo que vulnera el principio de razón suficiente.

Ninguna enunciación puede ser estimada como verdadera sin que exista una razón para que así sea y no de otro modo, y una razón es suficiente cuando basta por sí sola para servir de apoyo completo a lo enunciado, cuando, por consiguiente, no hace falta nada más para que el juicio sea plenamente válido.

04 de noviembre de 2024

Principio de razón suficiente no ha sido vulnerado por sentencia que condenó al acusado como autor del delito tentado de robo con violencia e intimidación.

Recurso de nulidad rechazado por Corte de San Miguel.

Principio de razón suficiente no ha sido vulnerado por sentencia que condenó al acusado como autor del delito tentado de robo con violencia e intimidación.

La valoración de la prueba que hicieron los jueces del tribunal a quo, mediando, por una parte, un análisis serio del contenido de lo declarado por la víctima y por los funcionarios policiales y, por otra, la ponderación de todo el material probatorio incorporado en el juicio en que se incluye la prueba documental, pericial y los otros medios de prueba, permitió una construcción lógica de su razonamiento.

17 de agosto de 2024

Derecho UDP

Recurso de nulidad acogido.

El error de derecho es no haber impuesto la pena correspondiente a las diversas infracciones, estimadas como un solo delito, aumentándola en uno o dos grados, desde que resultaba favorable al penado.

El acusado pertenecía a una banda criminal dedicada a marcar, seguir, y robar a personas que retiraban altas sumas de dinero desde sucursales bancarias ubicadas en el sector sur de la capital, concretando más de nueve atracos entre diciembre de 2020 hasta diciembre de 2021, cuando los miembros de la organización fueron detenidos. El máximo Tribunal estimó que la pena debía ser unificada, y no aplicar las reglas del concurso real como lo hicieron los jueces orales.

09 de abril de 2024

Delito de secuestro no queda absorbido por el de robo con violencia desde el momento en que se sabe que se cuenta con las contraseñas bancarias, por más que no se logre inicialmente su objetivo.

Tribunal Supremo de España.

Delito de secuestro no queda absorbido por el de robo con violencia desde el momento en que se sabe que se cuenta con las contraseñas bancarias, por más que no se logre inicialmente su objetivo.

La retención de la víctima excedió del tiempo imprescindible para la perpetración del robo. Pese a que los acusados contaban con todos los instrumentos para desarrollar la actuación apropiatoria, retuvieron a su víctima, sin duda para lograr una consumación más fácil y carente de riesgo de denuncia policial.

31 de mayo de 2023