Diario Constitucional

Dictamen.

Contraloría determina que no hubo irregularidades en concursos para proveer cargos de la planta de directivos de la Municipalidad de Talcahuano.

Las entrevistas realizadas durante los procesos no vulneraron la ley N°19.980, siendo irrelevante los actos anteriores y posteriores de los participantes y seleccionados.

Por Redacción·28 de marzo de 2022·3 min de lectura
Capacitación a considerar para efectos de la carrera funcionaria es aquella vigente a la anualidad en que se realizó.
Referencial

El diputado Gastón Saavedra junto a un funcionario y un ex concejal de Talcahuano, solicitaron pronunciamiento a la Contraloría General de la República sobre eventuales irregularidades cometidas en concursos para proveer cargos de la planta de directivos del municipio, convocados para proveer los cargos de los grados 7 y 6, respectivamente, del escalafón de directivos de la planta de personal de esa Corporación, en los cuales se habrían infringido las reglas establecidas en la Leyes N°19.980 y N°18.883, ya que, en las entrevistas a postulantes, participaron personas no contempladas y se hicieron entrevistas no mencionadas en la norma.

En cuanto a la presencia del jefe de Gabinete de la Municipalidad en la misma entrevista, el ente contralor hace presente que, de lo señalado en la denuncia y lo informado por la entidad edilicia, no es posible afirmar fehacientemente que estuviera presente en la misma, correspondiendo su participación sólo a facilitar los medios técnicos para la realización de la reunión vía web.

En tal sentido, agrega que, “(…) en lo que se refiere a la entrevista psicolaboral -trámite que según indica el denunciante, no estaría establecido en la ley N° 18.883-, es oportuno destacar que la autoridad administrativa puede considerar una entrevista sicológica a la que deban someterse los postulantes, con el fin de determinar sus características y aptitudes personales para el respectivo empleo, atendido el principio de libertad que le asiste a la superioridad en esta materia, en la medida que se establezca como uno de los factores de ponderación final y que se aplique sin discriminación y en forma general a todos los candidatos, supuestos que, de conformidad con los antecedentes tenidos a la vista, concurren en la especie”.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.