Diario Constitucional

Recurso de Queja acogido.

Corporación Cultural de Las Condes se encuentra sujeta a la Ley de Acceso a la Información Pública, resuelve la Corte Suprema.

Su estructura y fines van dirigidos a ejecutar una función de servicio público respecto de la cual la Municipalidad está obligada a cumplir, pero que la misma ley, le permite hacerlo indirecta y/o conjuntamente con los privados, como una manera de afianzar, la idea de participación ciudadana.

Por Redacción·22 de septiembre de 2023·6 min de lectura
Corporación Cultural de Las Condes se encuentra sujeta a la Ley de Acceso a la Información Pública, resuelve la Corte Suprema.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto por el Consejo para la Transparencia en contra de los magistrados integrantes de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogieron el reclamo de ilegalidad presentado por la Corporación Cultural de Las Condes en contra de la decisión de amparo del CPLT que acogió un amparo de acceso a la información y ordenó entregar los antecedentes solicitados por el peticionario.

A la Municipalidad de Las Condes le fue solicitada la siguiente información: “1. Balance de comprobación y saldos de cada repartición o corporación municipales al 31 de diciembre del 2021; 2. Cálculo de caja inicial del presupuesto 2022 de cada repartición municipal, es decir, gestión municipal, educación, salud, y cualquier otra repartición existente”.

La petición fue derivada por el municipio a la Corporación Cultural de Las Condes, que respondió que no le era aplicable la Ley de Acceso a la Información Pública por tratarse de una corporación de derecho privado, invocando al efecto criterios anteriores contenidos en decisiones del CPLT.

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