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#ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA

Norma que restringe a órganos públicos reclamo de ilegalidad en contra del CPLT por ciertas causales, no produce resultados contrarios a la Constitución

TC rechaza inaplicabilidad

Norma que restringe a órganos públicos reclamo de ilegalidad en contra del CPLT por ciertas causales, no produce resultados contrarios a la Constitución

Restricción de impugnaciones de órganos públicos en casos de acceso a información no vulnera el artículo 8° de la Constitución ni el debido proceso. Los estándares internacionales invocados, si bien son un marco interpretativo válido, no eximen al requirente de demostrar la vulneración concreta de derechos fundamentales. Se valoró el diseño institucional que busca equilibrar publicidad y reserva. La mayoría estimó razonable limitar el reclamo en ciertos casos para evitar abusos

16 de diciembre de 2025

imagen: consejotransparencia.cl

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Normas que reputan como pública la información elaborada con presupuesto público y toda otra información que esté en poder de los órganos de la Administración, no producen resultados contrarios a la Constitución.

Garantizar el acceso a la información ambiental es un deber del Estado. Así lo ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los preceptos impugnados junto con la regulación ambiental que ha sido invocada en esta sentencia, no sólo se ajustan plenamente y desarrollan el principio de publicidad dispuesto en nuestra Constitución Política, sino que también a las reglas del Acuerdo de Escazú que comprometen a Chile.

25 de septiembre de 2023

imagen: bbc.com

Principio de máxima divulgación.

Organismo estatal debe atender la solicitud de acceso a información pública relacionada con la filtración de datos personales de políticos y figuras públicas, resuelve un tribunal argentino.

El derecho de acceso a la información se rige por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible, sujeto a un sistema restringido de excepciones, pues el actuar del Estado debe encontrarse regido por los principios de publicidad y transparencia en la gestión pública, lo que hace posible que las personas que se encuentran bajo su jurisdicción ejerzan el control democrático.

28 de agosto de 2023

Universidad de Santiago debe entregar sumario finalizado reservando información del denunciante y testigos, junto a datos sensibles.

Amparo de acceso a la información acogido parcialmente por CPLT.

Universidad de Santiago debe entregar sumario finalizado reservando información del denunciante y testigos, junto a datos sensibles.

Divulgar íntegramente un expediente sumarial terminado, supone restar efectividad a las labores de cuidado y protección de los trabajadores, por cuanto éstos podrían inhibirse de ingresar denuncias por concepto de hostigamiento, acoso sexual o maltrato, y también a colaborar con su testimonio en forma plena y veraz.

21 de marzo de 2023

Comisión Nacional de Acreditación, debe entregar toda la información del proceso de acreditación de la Universidad Tecnológica de Chile Inacap, resuelve el Consejo para la Transparencia.

Amparo de acceso a la información acogido.

Comisión Nacional de Acreditación, debe entregar toda la información del proceso de acreditación de la Universidad Tecnológica de Chile Inacap, resuelve el Consejo para la Transparencia.

Existe un interés público involucrado en el conocimiento de tal información, por cuanto la transparencia del proceso y su publicidad, permite un control social de los estándares de cumplimiento de la educación superior en términos de calidad.

19 de marzo de 2023

Imagen: radioprensa.cl

Acceso a la información pública

CPLT acoge amparo deducido en contra de Municipalidad de Cartagena ante la negativa de proporcionar información acerca de solicitud de regularización de propiedad

“La información solicitada está constituida por documentos indispensables para la recepción final de una obra de edificación, cuya presentación y revisión es, precisa e inequívocamente, la base sobre la que se dicta la resolución que autorizará la recepción de una determinada obra”.

21 de junio de 2012