Diario Constitucional

Recurso de apelación, es acogido.

Corte de Antofagasta dejó sin efecto resolución que revocó pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. El traslado a otra ciudad de la imputada se debió a razones familiares y laborales.

Los incumplimientos atribuidos a la sentenciada no resultan graves, particularmente en atención a las circunstancias del caso, y al fin de la Ley 18.216, esto es, evitar la contaminación criminógena.

Por Redacción·17 de noviembre de 2021·2 min de lectura
Imagen: Diario de Antofagasta.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Antofagasta revocó la resolución pronunciada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, y en su lugar, mantuvo la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva respecto de una imputada condenada como autora del delito previsto en el artículo 4º de la Ley 20.000.

En su libelo, la actora expuso que con fecha 29 de octubre del año 2019 fue condenada a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, oportunidad en que el tribunal le reconoció un día de abono y concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada por el mismo término al período de la condena.

Agrega que con fecha 19 de febrero del año 2021 el juzgado dio cuenta de un informe de no presentación, por lo que decretó la libertad vigilada intensiva. Así las cosas, en la audiencia llevada a cabo el 24 de septiembre de ese año, y en conformidad a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 18.216, revocó la pena sustitutiva y ordenó el cumplimiento efectivo de la pena.

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